En el mundo del comercio internacional, es común que los exportadores realicen envíos de mercancías a otros países. Sin embargo, en ocasiones, puede haber errores en la documentación o en la clasificación arancelaria de los productos, lo que puede generar una sobrefacturación de impuestos. Para corregir esta situación, existe la posibilidad de solicitar la devolución de la exportación o de la expedición del documento Modelo 590. En este artículo, explicaremos en qué consiste esta solicitud y los requisitos necesarios para llevarla a cabo.
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¿Qué es una Solicitud de Devolución de Exportación/Expedición Modelo 590 II.EE?
Una Solicitud de Devolución de Exportación/Expedición Modelo 590 II.EE es un documento que se utiliza para solicitar la devolución de impuestos pagados en la exportación de bienes y servicios. Este trámite se realiza cuando se han pagado impuestos en exceso o cuando se ha producido un error en la declaración de impuestos.
El Modelo 590 II.EE es un formulario oficial que debe ser completado y presentado ante la Administración Tributaria correspondiente. En este formulario se deben detallar los motivos de la solicitud de devolución y se deben adjuntar los documentos que respalden la solicitud, como facturas, documentos aduaneros y otros comprobantes.
Es importante tener en cuenta que el plazo para presentar la solicitud de devolución es de cuatro años a partir del último día del mes en que se realizó la exportación. Además, la devolución del impuesto puede demorar algunos meses, ya que la Administración Tributaria debe realizar una serie de procesos para verificar la información presentada.
Este trámite puede demorar algunos meses, pero es importante para recuperar el dinero pagado en exceso o corregir errores en la declaración de impuestos.
¿Quiénes deben presentar el Modelo 590 II.EE?
El Modelo 590 II.EE debe ser presentado por aquellas empresas que hayan realizado exportaciones o expediciones de bienes fuera del territorio de la Unión Europea y que deseen solicitar la devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que se haya abonado en la operación.
En concreto, deben presentar este modelo las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
– Sean sujetos pasivos del IVA en España.
– Hayan realizado exportaciones o expediciones de bienes fuera del territorio de la Unión Europea.
– No estén establecidas ni tengan un establecimiento permanente en el país de destino de los bienes.
– No estén obligadas a identificarse a efectos del IVA en el país de destino de los bienes.
– No hayan optado por la aplicación del régimen especial del IVA a las exportaciones.
Es importante tener en cuenta que el plazo para presentar el Modelo 590 II.EE es de un año desde la finalización del período de liquidación en el que se haya producido la exportación o expedición de los bienes. Además, es necesario que se acredite la realización de la operación mediante la presentación de la documentación correspondiente.
EE para solicitar la devolución del IVA abonado en la operación.
¿Cómo se realiza la Solicitud de Devolución en el Modelo 590 II.EE?
Para realizar la Solicitud de Devolución en el Modelo 590 II.EE, es necesario seguir los siguientes pasos:
1. Acceder a la página web de la Agencia Tributaria y buscar la opción de «Solicitud de devolución».
2. Seleccionar el modelo 590 II.EE.
3. Rellenar todos los campos obligatorios que se requieran, como el número de identificación fiscal, la fecha, la descripción detallada de la exportación realizada y el importe total de la devolución solicitada.
4. Adjuntar la documentación necesaria, como la factura de la exportación y la documentación aduanera correspondiente.
5. Enviar la solicitud y esperar a que la Agencia Tributaria revise y apruebe la devolución solicitada.
Es importante destacar que la solicitud de devolución debe realizarse dentro de los plazos establecidos por la normativa tributaria y que la información proporcionada debe ser correcta y veraz para evitar problemas futuros. Además, es recomendable guardar una copia de la solicitud realizada y la documentación adjunta para posibles futuras consultas.
¿Cuáles son los plazos para la presentación del Modelo 590 II.EE?
Los plazos para la presentación del Modelo 590 II.EE son los siguientes:
– La solicitud de devolución de las exportaciones realizadas en el año anterior deberá presentarse antes del 30 de septiembre del año siguiente.
– En el caso de las expediciones intracomunitarias, la solicitud deberá presentarse antes del 30 de septiembre del año siguiente a aquel en que se realizó la expedición.
– Si el exportador o expedidor ha obtenido una autorización especial para presentar la solicitud de devolución con posterioridad a esas fechas, deberá hacerlo dentro del plazo máximo de cuatro años a contar desde el fin del año natural en que se realizó la exportación o expedición.
Es importante tener en cuenta que, para poder presentar la solicitud de devolución, es necesario haber presentado previamente las declaraciones correspondientes de IVA e Impuesto de Sociedades. Además, es recomendable contar con la ayuda de un asesor fiscal o contable para realizar correctamente el proceso de solicitud de devolución.
¿Qué documentación se aporta con el Modelo 590 II.EE?
La documentación que se debe aportar junto al Modelo 590 II.EE para solicitar la devolución de impuestos por exportación o expedición incluye:
– Facturas de ventas o documentos que acrediten la exportación o expedición de bienes o servicios.
– Documentos aduaneros que acrediten la salida de los bienes o servicios del territorio español, como el DUA (Documento Único Administrativo) o el DAE (Documento Administrativo Electrónico).
– Certificados de origen, si proceden.
– Justificantes de pago de los impuestos a devolver, como el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) o el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
– Cualquier otra documentación que se considere relevante para la solicitud de devolución.
Es importante que la documentación esté completa y sea clara para evitar retrasos en el proceso de devolución. Además, es recomendable conservar copias de toda la documentación aportada por si fuera necesaria en el futuro.
¿Qué sucede si hay un error en el Modelo 590 II.EE?
Si hay un error en el Modelo 590 II.EE, la solicitud de devolución de exportación/expedición será rechazada. Por lo tanto, es importante asegurarse de que toda la información proporcionada en el formulario sea correcta y esté completa.
Los posibles errores que se pueden cometer en el Modelo 590 II.EE incluyen:
– Información incorrecta o incompleta sobre la mercancía exportada/expedida.
– Errores en la declaración de las cantidades y valores de la mercancía.
– Falta de documentación necesaria, como facturas o certificados de origen.
Si se detecta algún error después de enviar la solicitud, se puede presentar una solicitud de modificación o corrección. Sin embargo, esto puede retrasar el proceso de devolución y puede haber consecuencias adicionales si el error se considera una violación de las normas de exportación.
EE es clave para evitar errores que puedan afectar la solicitud de devolución de exportación/expedición.
En conclusión, la solicitud de devolución de exportación o expedición del Modelo 590. II.EE es un trámite que puede resultar complejo y tedioso para las empresas exportadoras. Sin embargo, es un procedimiento necesario para recuperar el IVA que se pagó en la adquisición de los bienes o servicios destinados a la exportación. Es importante contar con la asesoría de profesionales en la materia para llevar a cabo esta gestión de manera correcta y eficiente. En definitiva, la devolución de IVA por exportaciones es un derecho que tienen las empresas y que, una vez obtenido, puede significar un importante ahorro en sus costos operativos.