modelo 650/660

Modelo 660 y 650 Andalucía | PDF rellenable | Descargar

Descripción del  Modelo 660 y 650 Andalucía, qué son, cuando deben presentarse, a continuación te explicamos y te dejamos el enlace de descarga.

¿Qué es el Modelo 650?

Cuando fallece un familiar tenemos que hacer estas declaraciones con el impuesto de sucesiones ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Los modelos 650 y 660 van unidos y se han hecho para cumplir con estos requisitos. Para que podáis entender más de estos modelos os lo explicamos a continuación:

El modelo 650:

Es el que se utiliza para declarar el Impuesto de Sucesiones a través de la denominada Autoliquidación de Adquisición de bienes por sucesión. Esto significa que es el modelo fiscal utilizado para declarar lo siguiente:

  • Un bien adquirido por derecho de herencia, legado o cualquier otro tipo de herencia
  • Recibo de una cantidad de los beneficiarios del seguro de vida (cuando el contratista y el beneficiario sean personas distintas).

En otras palabras, el impuesto de sucesiones determina la tributación de la herencia y la entrega de dinero o bienes entre parientes (o no). Este es, en otras palabras, el porcentaje que se debe pagar al Servicio de Impuestos por un bien heredado de otra persona fallecida.

El modelo 650 debe presentarse dentro de los 6 meses a partir de la fecha del fallecimiento del fallecido o de la fecha de la declaración final del fallecimiento.

¿Qué es el Modelo 660?

Fue creado para la declaración de herencia y contiene los bienes y derechos de los fallecidos mencionados en el número anterior, así como la herencia que se distribuye entre los herederos. Se debe presentar un formulario 660 por cada documento correspondiente a cada sucesor establecido. En el modelo 660, se deben indicar las fechas del fallecido y todos los interesados en la sucesión, y se debe detallar cada uno de los bienes y derechos adquiridos por cada heredero en la sucesión, es decir, los bienes que constituyen la herencia de la cosa y de cada uno, de los cuales se convertirán en valores atribuidos, junto con los detalles completos de los fallecidos y herederos. A partir del resultado de este modelo tributario, se determina el flujo de residuos sobre el que se calcula el mobiliario doméstico (3% del flujo de residuos).

Presentación Modelo 660 y 650 Junta de Andalucía

Como se mencionó anteriormente, los dos formularios de impuestos (650 y 660) correspondientes al impuesto sobre sucesiones y donaciones deben presentarse dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento del fallecido o desde el día en que la declaración del fallecimiento sea definitiva. La presentación de los impuestos tiene lugar en la oficina síndico competente de la comunidad autónoma donde el causante hubiera tenido su residencia habitual.

Se acompañarán con los siguientes documentos:

  • Copia del documento público y copia simple u original del documento privado y fotocopia.
  • Certificado de defunción del fallecido y antecedentes generales de actos de última voluntad.
  • A falta de copia autorizada del testamento del causante, presentar el testimonio de la declaración de los herederos.
  • Copia de la póliza de seguro de vida o certificado emitido por la aseguradora.
  • Justificación documental de honorarios, débitos, deudas y gastos por los que se solicita deducción, saldos con sociedades financieras, valor teórico de las acciones del capital social de personas jurídicas cuyos valores no coticen en bolsa, y derechos de venta del sucesor, así como una copia del recibo IBI.
  • Etiquetas de identificación para todos los herederos o legados y para los fallecidos o, en caso contrario, una copia de su NIF.

Descargar Modelo 650

Para descargar el Modelo 650 debe hacer clic en este enlace

Guía del Impuesto sobre sucesiones. pinche aquí

 

Descargar Modelo 660 Junta de Andalucía PDF

Para tramitar la declaración diríjase a este enlace.

 

Descargar Modelo 660 Canarias PDF

Para entregar de manera presencial el Modelo 660 Canarias diríjase a este enlace.