Modelo 349 | Para qué sirve | Preguntas frecuentes

El modelo 349 AEAT es una de las muchas declaraciones que tenemos que hacer a las autoridades fiscales. En particular, debe darnos información sobre nuestras relaciones con el resto de la Unión Europea (UE).

¿Qué es el modelo 349  y para qué sirve?

El modelo 349 es una declaración de información sobre las transacciones en la UE. Es decir, todos los bienes y servicios comprados o vendidos a una empresa o profesional en un Estado miembro de la UE.

Sólo podemos incluir las transacciones que realizamos con empresas o profesionales. Si vendemos productos o servicios a particulares, esto no se considera una transacción intracomunitaria.
Hay que tener en cuenta qué países forman parte de la Unión Europea. Si no pertenecen a la UE, no se trata de una operación intracomunitaria, sino de una operación de exportación.

Sólo tiene que presentar el modelo 349 si es un empresario individual o una empresa y realiza una operación intracomunitaria, independientemente del régimen de IVA que pague y del importe.

Recuerde que si quiere hacer negocios en la UE, tendrá que registrarse con una empresa conjunta nacional utilizando el modelo 036.

¿Cuándo se presenta el Modelo 349?

El modelo 349 se presenta generalmente con carácter mensual, pero puede presentarse trimestralmente si se cumplen los requisitos.

Mensualmente 
El modelo 349 mensual se presenta dentro de los primeros 20 días naturales después del final de cada período de pago.

Las declaraciones trimestrales pueden realizarse en las siguientes situaciones.

El modelo 349 puede presentarse trimestralmente si el total de las entregas de bienes y servicios, excluido el impuesto sobre las ventas, no supera los 50.000 euros en el trimestre de referencia o en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores. Los plazos de presentación son los siguientes.

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero.

Cómo calcular la periodicidad
Como vemos, a efectos del cálculo de la periodicidad correspondiente a nuestra declaración 349, no se contabilizan las adquisiciones dentro de la Comunidad, sino sólo las ventas. Así, si su empresa realiza actividades en la Comunidad pero sólo hace adquisiciones, puede presentarla trimestralmente o mensualmente, según sea necesario.

Nota 

Si no ha realizado ninguna operación intracomunitaria durante el año, no tiene que presentar el modelo 349, pero Hacienda le eliminará del registro de comerciantes intracomunitarios.

Cómo se rellena el Modelo 349

El modelo 349 se puede presentar electrónicamente a través de la Oficina Virtual de Hacienda o calculado por ordenador, descargado e importado al sistema de Hacienda mediante DNI o certificado electrónico.

El modelo 349 es relativamente fácil de rellenar:

Identificación

En esta sección, se introducen los datos del contribuyente (nombre, número de identificación fiscal, información de contacto…).

Año, periodo y tipo de devolución

Resumen declaración

Aquí debe introducir el número total de transacciones en el municipio, su importe, el número total de operadores en el municipio y el número de correcciones y su importe.

Modelo 349 AEAT

Presentación en soporte colectivo

Si se debe proporcionar un resumen para cada empresa o demandante individual.

Modelo 349 AEAT

Fecha y firma


Las hojas internas contienen detalles de la mayoría de las declaraciones de impuestos, una lista de las transacciones dentro de la comunidad y correcciones de períodos anteriores. En el primer caso, debe proporcionar la siguiente información para cada transacción para designar todas las transacciones.

  • Código de país.
  • Número de identificación del IVA intracomunitario.
  • Nombre y apellidos o nombre de la empresa.
  • Clave (tipo de transacción).
  • Base imponible del IVA.

Modelo 349 AEAT

Clave. Tipos de operaciones intracomunitarias

A: Adquisición intracomunitaria de bienes por parte de un declarante, incluidas las transferencias desde otro Estado miembro.
E: Entrega intracomunitaria de bienes por parte del declarante, incluidas las transferencias de bienes a otro Estado miembro.
T: Entregas a otro Estado miembro tras una adquisición intracomunitaria exenta en el marco de una operación triangular.
S: Prestación de servicios en la Comunidad por un sujeto pasivo.
I: Adquisiciones intracomunitarias de servicios que se encuentran dentro de un territorio fiscal y que son realizadas por un empresario o profesional establecido en otro Estado miembro de la Comunidad donde el cliente es un sujeto pasivo.
M: Entregas intracomunitarias de bienes tras la exención de la importación en virtud del artículo 27.12 del Código del IVA
H: Como en el caso anterior, pero proporcionado por el representante fiscal de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 86 del Código.

El Real Decreto 3/2020, de 4 de febrero, contiene un nuevo código para declarar el traslado de mercancías a otro Estado miembro de la UE.

P: Transferencia de bienes.
D: Mercancías que regresan de otro Estado miembro y que fueron enviadas previamente desde el territorio del IVA (TAI).
C: Cambio de destinatario de las mercancías enviadas o transmitidas a otro Estado miembro.

La información contenida en esta declaración global para las operaciones intracomunitarias es necesariamente la misma que la contenida en el formulario 303 para el mismo periodo.

Descargar Modelo 349 PDF

Para descargar el Modelo 349 debe hacer clic en este enlace

Para tramitar esta declaración por internet pincha aquí