Modelo 216 de la AEAT es el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) es la cantidad que debe pagar cualquier persona física o jurídica que no tenga residencia permanente en España pero que reciba alguna renta aquí.
Contenido
Para qué sirve, ¿Qué es el Modelo 216 ?
El IRNR es el IRPF para los que no viven en España, aunque reciban aquí alguna renta en metálico o en especie. Para declarar este tipo de impuesto, las personas físicas y jurídicas deben presentar diferentes documentos ante la Agencia Tributaria; el modelo 216 es una declaración de rentas y beneficios de no residentes que no tienen establecimiento permanente en España.
A efectos de la administración fiscal, se considera que una persona física o jurídica residente en España cumple las siguientes condiciones.
- Residir en el país durante más de 183 días en un año natural. Este total incluye la ausencia única del contribuyente antes de demostrar su residencia fiscal en otro país.
- El núcleo principal o la base principal de la actividad o del interés económico del contribuyente está situado directa o indirectamente en España.
- El cónyuge no divorciado y los hijos menores a cargo suelen residir en España.
Por lo tanto, los que no cumplen estas condiciones se consideran no residentes y deben presentar el formulario 216 (y el formulario 296 de cada año).
Por lo tanto, deben pagar el IRPF específicamente.
- Personas o entidades no residentes en España que perciban rentas en España, excepto las que hayan pagado el IRPF.
- Los extranjeros que se encuentren en España en virtud de su representación diplomática o consular.
- Entidades sometidas al régimen de distribución de rentas, constituidas fuera de España y presentes en España.
- Compañías de seguros establecidas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo, que operan en España y prestan, a título gratuito, servicios relacionados con actividades empresariales desarrolladas en España.
- En el caso de un premio, la empresa o la persona que lo concede es responsable de deducir o pagar el anticipo. (Sin embargo, algunas loterías y apuestas pueden estar exentas de esta sección).
Modelo 216. Cuándo se presenta
El modelo 216 se presenta trimestralmente (pero mensualmente en el caso de las empresas más grandes) en los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero, es decir.
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero.
Para rellenar el modelo 216 AEAT del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, debe acceder a la Sede de la Agencia Tributaria, pinchar en «Procedimientos, Impuestos y Tasas» y luego pinchar en «Impuesto sobre la Renta de No Residentes» y en el modelo 216.
Puede presentar y pagar la declaración del IRNR en cualquier cooperativa (banco, caja de ahorros, cooperativa de crédito) de España, siempre que la declaración esté debidamente marcada.
Es importante tener en cuenta que hay casos en los que no se deduce ningún impuesto pero hay que presentar una declaración de la renta, en este caso, una declaración negativa.
En este caso, la declaración debe presentarse directamente o por correo certificado en la oficina central del gran contribuyente, en la unidad administrativa de la gran empresa o en la oficina o administración de la autoridad fiscal estatal correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente.
Además, si la tarjeta no tiene la etiqueta de identificación correspondiente, es posible que tenga que adjuntar a la declaración de la renta una copia de la tarjeta o un documento que acredite el número de identificación del contribuyente.
Si se trata de una declaración de impuestos individual y la presenta personalmente en la oficina de impuestos, no necesita adjuntar una copia del documento del número de identificación del contribuyente.
Tenga en cuenta que si presenta la declaración de la renta fuera de plazo, estará sujeto a una multa del IRS, que dependerá de si la solicitud se presentó antes de tiempo o no. Como siempre, le recomendamos que presente su IRNR lo antes posible para evitar sanciones.
Cómo rellenar el Modelo 216. Instrucciones
Antes de rellenar el modelo 216, debe recordar que España ha firmado un número creciente de diferentes acuerdos con otros países para evitar la evasión de impuestos sobre la renta y el patrimonio.
Por ello, es muy importante que antes de cumplimentar el modelo 216 se familiarice con la lista de países con los que España tiene firmado un convenio de doble imposición, ya que este convenio determina qué rentas deben pagarse en cada país.
Declarante
Aquí debe colocar una placa de identificación proporcionada por el departamento de impuestos del estado. Si no lo tiene, debe introducir los datos de identificación.
Devengos
Introduzca la información correspondiente al año y al período (trimestre) que abarca la declaración de la renta. Si se trata de un formulario mensual para una empresa grande, debe incluir el mes.
Liquidación
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Ingresos a retener/deducir
- Casilla 01: Indique el importe total de los ingresos que deben retenerse o pagarse durante el mes o trimestre de referencia.
- En la casilla 02, indique el importe total de las rentas retenidas o abonadas que equivale a las rentas indicadas en la casilla 01.
- En la casilla 03: indique el importe total retenido o ingresado a efectos contables equivalente a los ingresos descritos en la casilla 01.
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Ingresos que no requieren deducción o abono en cuenta
- Casilla 04: Indique el importe total de la base imponible exenta de retención o abono a cuenta, si procede.
- En la Casilla 05: Indique el importe total de los ingresos declarados en la casilla 04.
- Casilla 06: Introduzca los ingresos a pagar de períodos anteriores para el mismo término, año y período. * Sólo si se dispone de retorno adicional.
- En la Casilla 07: Introduzca el importe equivalente a la resta de las casillas 03 y 06.
Ingresos
Debe marcar la forma de pago correspondiente e introducir el importe a pagar en la casilla correspondiente. Este importe debe ser igual al de la casilla 07.
Si paga por domiciliación bancaria, debe introducir la información en el campo C.C.C. (Código de cuenta del cliente).
Declaración negativa
Si la declaración del modelo 216 sólo contiene rentas no sujetas a retención o ingreso y, por tanto, el importe retenido e ingresado (casilla 03) es cero, marque la casilla «X».
Complementaria
Marque la casilla si este informe es complementario a otro informe anterior del mismo concepto, ejercicio y periodo. Si la respuesta es «Sí», indique el número de documento de la declaración anterior.
Firma
Introduzca la fecha y la firma del propietario, de la persona obligada a pagar la factura o de un representante de cualquiera de los anteriores.
Descargar Modelo 216 PDF
Para descargar el Modelo 216 debe hacer clic en este enlace.
Para tramitar el Modelo 216 diríjase a este enlace.