En el Modelo 210, es importante tener en cuenta que si usted vive fuera de España pero le interesan los ingresos por el alquiler o la venta de un inmueble situado en España, debe presentar este modelo. Te explicamos cómo rellenarlo paso a paso.
Contenido
Cómo rellenar el Modelo 210. Instrucciones
Datos identificativos
- La fecha de origen (percepción) de los ingresos declarados y la identidad de la persona que presenta la declaración deben consignarse en casillas separadas, indicando si se trata de una persona física «F» o de una persona jurídica «J».
- Si el contribuyente tiene un número de identificación o código fiscal en su país de residencia, deberá indicarlo en el campo correspondiente al código extranjero.
- Si el contribuyente declarante ha designado a un representante ante la administración tributaria para que cumpla con sus obligaciones por ese impuesto, se indicará en la casilla correspondiente.
- También incluiremos los datos del pagador de los ingresos (comprador del inmueble, inquilino, etc.). También introduciremos los datos del propietario si es la persona que debe retener estos pagos.
Renta obtenida
En el apartado correspondiente a los ingresos percibidos, indicaremos.
- Importe o suma de importes (si declara más de un ingreso).
- Código del país.
- Tipo de ingresos y código de divisa.
Determinación de la base imponible
Casilla 4
Indicaremos el importe correspondiente a los ingresos percibidos. En el caso de las rentas procedentes de operaciones inmobiliarias, el importe que se obtiene aplicando el porcentaje correspondiente (normalmente el 2%) al valor catastral del inmueble. Este importe se refiere al año natural, pero se reduce proporcionalmente si el inmueble no se posee durante todo el año.
Casillas 6 y 7
Se enumeran los gastos de personal y no de personal que deben deducirse de los ingresos brutos (pagos totales) anotados en la casilla 5. La casilla 8 es el resultado de restar las cantidades de las casillas 6 y 7 a la casilla 5 (5-6-7). Se trata de una renta imponible A.
La sección 210-C
Se utiliza para declarar las ganancias de capital, excepto la revalorización de bienes inmuebles (que se declara en el formulario 212). La casilla 10 es el valor de la propiedad transferida menos los gastos e impuestos, y las casillas 9 y 11 son la fecha y el importe de la adquisición de la propiedad transferida y los gastos e impuestos asociados a dicha adquisición.
Casilla 12
Es la diferencia entre 10 y 11 (10-11).
Casilla 13
Es la base imponible B, es decir, el importe de la casilla 12 menos las deducciones.
Liquidación
Casilla 14
Se indicará el tipo impositivo correspondiente a la renta declarada.
Casillas 15, 16 y 17
Se utilizan para indicar las exenciones (importes que no deben declararse) y los importes que se encuentran dentro de los límites del acuerdo.
Casilla 18
Es la cuota íntegra del impuesto, que es el resultado de aplicar el tipo impositivo a las bases imponibles A y B, como se ha indicado anteriormente. Si es negativo, introduzca un valor de 0.
Casilla 19
Se utiliza para deducir las aportaciones, de forma similar al IRPF general.
Casilla 20
Se utiliza para contabilizar el importe de las retenciones e ingresos a cuenta declarados en este modelo 210.
Casilla 21
La diferencia de la deuda tributaria se indica en la casilla 21. Se calcula restando los importes de las columnas «Deducciones» y «Retenciones» de la cuota tributaria total (18-19-20). Este es el importe a pagar.
Fecha y firma
La solicitud debe estar firmada por la persona que la presenta. En el caso de una persona jurídica, la solicitud puede ser presentada por un representante de dicha persona jurídica, siempre que la acompañe la firma y NIF.
Ingreso
En este campo puede elegir el pago en efectivo o por domiciliación bancaria, marcando el código (CCC) de dicha cuenta.
Devolución
Aquí se indica el titular de la cuenta y, en su caso, la cuenta corriente a la que la Agencia Tributaria transferirá el importe correspondiente.
Sin ingreso ni devolución
Marque con una «X» lo que corresponda. contribuyente, agente, agente pagador, custodio, administrador o propietario, y firmado por ellos.
¿Qué es el Modelo 210?
El modelo 210 AEAT corresponde al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
Residencia fiscal
El artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece las condiciones de residencia fiscal en España.
Un contribuyente es generalmente residente en España si.
- Que permanezca en territorio español más de 183 días en un año natural.
Las ausencias esporádicas se tienen en cuenta a la hora de determinar el periodo de permanencia en territorio español, salvo que el contribuyente demuestre ser residente fiscal en otro país.
En el caso de los países o territorios considerados como paraísos fiscales, las autoridades fiscales pueden exigir la prueba de una estancia de 183 días en ese lugar.
Las estancias temporales en España debidas a compromisos adquiridos en el marco de acuerdos de cooperación cultural o humanitaria suscritos a título gratuito con las autoridades españolas no se tienen en cuenta para el cómputo del período de estancia a que se refiere el párrafo anterior. - Cuyo centro o base de actividad o interés económico principal esté situado directa o indirectamente en España.
Salvo que se demuestre lo contrario, se considera que el contribuyente tiene residencia habitual en España si su cónyuge no divorciado y los hijos menores de edad a su cargo residen habitualmente en España de acuerdo con los criterios mencionados.
Los extranjeros con residencia habitual en España no se considerarán sujetos a tributación por el principio de reciprocidad si se dan las circunstancias a que se refiere el apartado 1 del artículo 10 de esta Ley y no son de aplicación las normas especiales resultantes de los tratados internacionales en los que España sea parte.
Cuándo se presenta el Modelo 210
¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 210 si la autoliquidación da lugar a un embargo?
- Créditos procedentes de bienes de propiedad municipal: deben comunicarse dentro del año natural a partir de la fecha de devengo.
- Producto de la transmisión de la propiedad: tres meses después de la fecha de transmisión de la propiedad.
- Otros ingresos: los veinte primeros días naturales de abril, julio, octubre y enero en los que se devenguen los ingresos dentro del trimestre natural anterior.
¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 210 para la devolución de las cantidades retenidas?
- Ingresos procedentes de la transmisión de la propiedad: en el plazo de tres meses a partir del mes siguiente a la transmisión de la propiedad.
- Otros ingresos: en el plazo de cuatro años a partir del 1 de febrero del año siguiente al que se declaran los ingresos y al final del período de declaración y deducción.
Este plazo se aplica a todas las autoliquidaciones, tanto si la devolución se realiza en virtud de la normativa nacional como del Convenio, incluso si la normativa de aplicación del Convenio establece un plazo más corto. Se considerará que el plazo de presentación de la autoevaluación expira en la fecha de la misma.
Descargar Modelo 210 AEAT PDF
Para descargar el Modelo 210 debe hacer clic en este enlace.